04. Declaración y pago del aporte al FEP

La declaración del aporte al FEP, que realice el armador o la empresa industrial pesquera, deberá realizarse en los plazos establecidos por la SUNAT para las obligaciones de periodicidad mensual.

Mediante Resolución de Superintendencia N.° 092-2014/SUNAT se aprobó el Formulario Virtual 1674 – Fondo Extraordinario del Pescador, el cual se encuentra disponible en SUNAT Virtual desde el 1 de abril de 2014. Asimismo, se dispone que los armadores y empresas industriales pesqueras deberán regularizar la declaración del período febrero de 2014, hasta el plazo de vencimiento de las obligaciones mensuales del período marzo de 2014. 

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