03. Base imponible - IEM

La base imponible del Impuesto será la utilidad operativa trimestral de los sujetos de la actividad minera.

Añadir nuevo comentario

Texto sin formato

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
  • Las direcciones de correos electrónicos y páginas web se convierten en enlaces automáticamente.