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08. Constancias de Retención del aporte al FEP

Enviado por apoyo01 el Mié, 12/08/2020 - 17:29

La R.S. N.° 092-2014/SUNAT establece en su artículo 10° que la empresa industrial pesquera debe entregar al armador una Constancia de Retención del aporte al FEP, cuyos datos mínimos son los siguientes:

1. Denominación del documento “Constancia de Retención del Aporte al FEP”.

2. Numeración correlativa que identifique al documento.

3. Fecha de emisión de la “Constancia de Retención del Aporte al FEP”.

4. Datos de la empresa industrial pesquera: (N.° de RUC, Apellidos y nombres o razón social y domicilio fiscal.

5. Datos del armador a quien se entregara la constancia: N.° de RUC y Apellidos y nombres o razón social.

6. Identificación del (los) comprobante(s) de pago o nota (s) de débito pagado (s) por la transferencia de los recursos hidrobiológicos: Tipo de documento, Numeración(serie y numeración correlativa) y Fecha de emisión. 

7. Total de toneladas métricas del recurso hidrobiológico por el que se paga y se efectúa la retención del aporte al FEP.

8. Importe pagado por las toneladas métricas del recurso hidrobiológico.

9. Importe retenido.

10. Firma del agente de retención o su representante legal acreditado en el RUC.

El Armador debe conservar el original de la Constancia de Retención del Aporte al FEP por el plazo de prescripción del aporte al FEP.

La Empresa Industrial Pesquera deberá conservar una copia de la Constancia de Retención del Aporte al FEP entregada, debiendo mantenerlo en un archivo clasificado por Armador y ordenado cronológicamente.