Declaración y pago de IGV retenido y/o percibido.
Deben declarar y/o pagar el IGV percibido y/o retenido que grava la utilización en el país de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de Internet, los sujetos no domiciliados que tengan la calidad de agentes de retención y/o percepción de dicho impuesto.
Lugar y medio para realizar la declaración y pago del impuesto:
Se declara mediante el Formulario Virtual N° 0623- IGV – Economía Digital a través de la Plataforma declaración y pagos para no domiciliados por SUNAT Virtual.
Proceso para la declaración de la retención y/o percepción del IGV:
- Al ingresar a la plataforma Seleccione el formulario virtual respectivo, ingresar el período a declarar y seguir las demás indicaciones de la plataforma.
- Completar las casillas el formulario virtual seleccionado.
- Tratándose de una declaración determinativa en dólares americanos, acceder a la opción que le permita generar el NPST, de estimar pertinente generar dicho número en esta oportunidad.
Aspectos principales del Formulario Virtual:
- Su utilización es para la declaración y pago de los agentes de retención y percepción del IGV.
- El formulario tendrá la opción para elegir el tipo de moneda (soles o dólares americanos) que se deberá hacer al período de enero de cada año o en la primera declaración determinativa que se presente en el año, si dicha obligación se hace después del mes de enero de ese año.
- Su uso por parte del agente de retención o de percepción del IGV deberá ser cuando tengan alguna retención o percepción o para ser presentando cuando se deba escoger el tipo de moneda o para compensar las percepciones y retenciones del IGV que fueron en exceso o indebidas.
Causales de rechazo del formulario virtual en la plataforma:
- Que no se cuente con cuenta bancaria afiliada o de tener, no tenga los fondos suficientes.
- No se pueda establecer comunicación con el servicio de pago del banco u operador de la tarjeta de crédito o débito, según sea el caso.
- Que no se utilice una tarjeta de crédito o débito afiliada al servicio de pagos por internet.
- Que el operador de la tarjeta de crédito o débito no haya aprobado la tarjeta de crédito o débito utilizada para pagar.
- Cuando la recepción de la declaración y/o pago, en cualquiera de las modalidades anteriores, no se realice por un corte del sistema.
- Cuando se hubiera optado por realizar la cancelación del importe a pagar utilizando el NPS y no se genere el reporte NPS por un corte en el sistema.
- En caso de presentar una declaración determinativa en dólares americanos, serán causales de rechazo, por un corte en el sistema, la recepción del formulario virtual no se realice y/o, si el NPST fue solicitado al declarar, no se genere el reporte NPST.
Respecto al tipo de cambio, plazos para la declaración y modalidades de pago:
Tratándose de operaciones efectuadas en moneda distinta a soles y presenta la declaración y pago en soles, la conversión se efectúa utilizando el tipo de cambio promedio ponderada venta publicada por la SBS, en la fecha de vencimiento o a la fecha en que realice el pago, lo que ocurra primero, o tratándose de operaciones efectuadas en moneda distinta a dólares americanos, presenta la declaración y pago en dólares americanos, la conversión se efectúa utilizando el tipo de cambio la conversión se efectúa utilizando el tipo de cambio compra en el país al que corresponde la moneda en la fecha en que, como máximo, en la fecha que se debe presentar la declaración y efectuar el pago o en la fecha en que se realice la transferencia interbancaria SWIFT.
Se deberá realizar la declaración determinativa y/o pago de retenciones y percepción del IGV dentro de los 10 días hábiles del mes siguiente a aquel en el que nace la obligación tributaria.
Respecto a las modalidades de pago:
- De realizar el pago en moneda nacional, puede hacerlo a través de: débito en cuenta (de tener una cuenta afiliada a SUNAT Virtual) o Tarjeta de crédito o débito (se encuentren habilitados en SUNAT Virtual y con el cual previamente existe afiliación al servicio de pagos por Internet)
- De realizar el pago en dólares americanos, en la declaración determinativa, los sujetos no domiciliados deben realizar una transferencia interbancaria SWIFT desde el extranjero a la cuenta bancaria respectiva del Banco de la Nación, una vez realizado el pago surte efecto a la fecha en que se acredita el depósito en el banco.
GUIA PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO: Aquí te mostramos el procedimiento para su presentación.