Dependiendo del concepto a pagar, usted deberá proporcionar al cajero del banco (ya sea en forma verbal o usando las guías Pago Fácil) la información que se detalla en el siguiente cuadro
Concepto a pagar : |
Pago Fácil (TEF) |
Datos solicitados |
Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS (Vigente) |
(1) En caso de rectificatorias, deberá proporcionar la información de la Compensación de las Percepciones de IGV y/o de los pagos efectuados en la declaración original que rectifica. (2) Sólo a partir del período tributario enero de 2006 (01-2006) . |
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IGV, Renta, ISC, IES, ONP, ESSALUD, IER, ITAN, etc. |
En el caso de pagos de regularización del Impuesto a la Renta (Anual) recuerde que en la casilla de mes debe consignar "13". |
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Fraccionamientos de carácter particular o general. |
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Trabajadores del Hogar |
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Multas sin Resolución notificada. |
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EsSalud, ONP y multas asociadas (pago en Banco de la Nación) |
1673 |
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Regímenes Espaciales ONP (pago en Banco de la Nación) Tipo 53 Facultativo Independiente Tipo 54 Continuación facultativa Tipo 55 Anulación de Contrato de Afiliación SPP |
1675 |
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Pagos referidos a: Ordenes de Pago Resolución de Multa Resolución de Determinación Excepcionalmente a las Resoluciones de Intendencia o Resoluciones de Oficina Zonal, cuando de acuerdo al Sistema de SUNAT, éste sea el único dato registrado al haberse producido el quiebre de los valores que generaron la deuda.
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Arrendamiento |
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Impuesto a la Venta de Arroz Pilado |
1688 |
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Nuevo Régimen Único Simplificado -NRUS (para período diciembre 2005 y anteriores)
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