7. Estados del RUC

Enviado por admin el Jue, 23/07/2020 - 23:17

Los Estados del RUC son los siguientes:

Estados del RUC

Concepto

Acciones o

Trámites a realizar

Activo

Estado de un contribuyente que se encuentra realizando actividades generadoras de obligaciones tributarias.

No aplican acciones o trámites a realizar.

Puede continuar realizando sus operaciones con normalidad.

 

Suspensión temporal

Estado de un contribuyente que comunicó la suspensión de sus actividades generadoras de obligaciones tributarias hasta por doce (12) meses calendarios consecutivos.

Si reiniciará actividades: comunicar el reinicio a través de SUNAT Virtual: www.sunat.gob.pe con su Clave SOL.

Si no reiniciará actividades puede solicitar la baja definitiva su de RUC.

 

Baja Provisional

Estado de un contribuyente que solicitó la baja de inscripción del RUC que se encuentra en proceso de evaluación.

No aplican acciones o trámites a realizar.

Sólo esperar la comunicación de SUNAT que resuelve la baja definitiva de RUC.

 

Baja definitiva

Estado de un contribuyente que solicitó la baja definitiva de RUC.

Las Personas Naturales que requieran reactivar su RUC deben apersonarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano.

Baja provisional de oficio

Estado de un contribuyente, atribuido por la SUNAT, cuando se presume que podría haber dejado de realizar actividades generadoras de obligaciones tributarias.

 

 

Para regularizar esta situación le sugerimos:

Comunicarse con nuestra Central de Consultas a los siguientes números:

(01) 315-0730 Desde celulares o teléfonos fijos
0801-12-100 Desde teléfonos fijos a nivel nacional 

 

O acudir a cualquiera de nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.

Baja definitiva de oficio

Estado de un contribuyente, atribuido por la SUNAT, cuando se presume que ha dejado de realizar actividades generadoras de obligaciones tributarias.