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07. Comprobante de Operaciones - Ley N° 29972

Enviado por apoyo01 el Jue, 23/07/2020 - 18:02

Casos en los que se emitirá el Comprobante de Operaciones - Ley N° 29972:

  • Se emitirán por las cooperativas agrarias, si adquieren de sus socios bienes muebles y/o servicios, de conformidad con la Ley N° 29972
  • Permitirán sustentar costo o gasto para efecto tributario

Requisitos de los Comprobante de Operaciones – Ley 29972:

INFORMACIÓN IMPRESA

INFORMACIÓN NO NECESARIAMENTE IMPRESA

Datos de identificación del adquiriente o usuario:

  • Denominación
  • Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión.
  •  Número de RUC

Datos de identificación del vendedor y/o prestador:

  •  Apellidos y nombres
  • Dirección del domicilio fiscal y establecimiento donde se realizó la operación

Denominación del Comprobante:

“COMPROBANTE DE OPERACIONES – LEY 29972”

Número de RUC. Si el vendedor o el prestador no cuenta con número de RUC, se deberá consignar el número de RUC, se deberá consignar el número de su documento de identidad.

Numeración

 Serie y número correlativo

Descripción detallada del bien o servicio prestado, indicando sus características.Tratándose de bienes se indicará, además, la cantidad y unidad de medida.

Datos de la imprenta que realizo la impresión:

Número de RUC

 Fecha de impresión

Precios unitarios

Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT: que debe estar junto con los datos de la empresa gráfica

Valor de venta de los productos comprados,importe de la cesión en uso o del servicio prestado, expresado numérica y literalmente.

Destino del original y las copias

 En el original: ADQUIRIENTE O USUARIO

En la primera copia: VENDEDOR O PRESTADOR

 En la segunda copia: SUNAT

Fecha de emisión