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08. Solicitud de devolución del Saldo a Favor Materia del Beneficio

Enviado por admin el Vie, 07/08/2020 - 01:37

 

 El exportador solicita la devolución mediante el Formulario Virtual N° 1649  - “Solicitud de Devolución”, en SUNAT Virtual utilizando su Código de Usuario y Clave SOL.

 Pasos:

 1.   Ubicar la opción de “Otras declaraciones y Solicitudes”.

 2.  Dar clic en “Presentación del PDB Exportadores” e ingresar la información que corresponda. De no mediar ninguna de las causales de rechazo, el sistema generará automáticamente la Constancia de Presentación del PDB Exportadores, la que podrá ser impresa o enviada al correo electrónico que se indique.

 3. Luego de enviar el PDB Exportadores, ingresar al enlace "Presentación de Solicitudes SFMB SIN GARANTIA”.

   Para tener en cuenta:  Para presentar el PDB Exportadores a través de SUNAT Virtual, previamente el exportador  deberán ingresar en el referido PDB la información a que se refieren los incisos a) y b) del artículo 8° del Reglamento de Notas de Crédito Negociables y el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 157-2005/SUNAT.

  Una vez presentada la solicitud de devolución, el sistema validará el trámite, generando de manera automática la constancia de presentación de la solicitud, la que se podrá imprimir o ser grabada como archivo por el contribuyente.

  Alternativamente, el exportador también puede solicitar la devolución del Saldo a Favor Materia de Beneficio (SFMB) de manera presencial en las dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente, presentando:
 

 El Formulario 4949 "Solicitud de devolución", en original y copia, llenado y firmado por el titular o el representante legal acreditado en el RUC.

   El medio magnético que contiene la información generada por el PDB – Exportadores, acompañando el "Resumen de Datos de Exportadores" firmada por el titular o el representante legal acreditado ante la SUNAT en dos (2) ejemplares. De no incurrir en causal de rechazo, se otorgará la Constancia de Presentación de la información y se sellará uno de los ejemplares del "Resumen de Datos de Exportadores".

 
Los exportadores pueden presentar el PDB Exportadores a través de SUNAT Virtual, independientemente de la oportunidad en que vayan a solicitar la devolución y del medio que van a utilizar para la misma, sea SUNAT Virtual o de manera presencial en las dependencias de SUNAT.

 En ninguno de esos casos para el trámite de devolución se requiere exhibir la Constancia de Presentación del PDB Exportadores. Debe tenerse en cuenta que la presentación del PDB Exportadores deberá realizarse antes de ingresar la solicitud de devolución.

El exportador podrá utilizar SUNAT Virtual para realizar su trámite de devolución del SFMB siempre que no medie la presentación de la garantía a que se refiere el artículo 12° del Reglamento de Notas de Crédito Negociables.

 

Características de las Notas de Crédito Negociables

  Las Notas de Crédito Negociables con que se realiza la devolución tienen las siguientes características:

  • Emitidas a la orden del que solicita la devolución.
  • Señalan el concepto por el cual se emiten.
  • Pueden ser transferidas a terceros por endoso.
  • Tienen poder cancelatorio para el pago de impuestos, sanciones, intereses y recargos que sean ingreso del Tesoro Público.
  • Se pueden utilizar para el pago de una o más deudas tributarias contenidas en un solo formulario.
  • Tiene vigencia de ciento ochenta (180) días a partir de la fecha de su emisión.
  • Son suscritas por dos funcionarios debidamente autorizados por la SUNAT.