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02. Cambio de domicilio fiscal

Enviado por apoyo01 el Mié, 29/07/2020 - 23:51

Se comunica la modificación del domicilio fiscal en el plazo de un (1) día hábil de producido el cambio.

La actualización, confirmación o modificación del domicilio fiscal se realiza de manera virtual a través de SUNAT-Operaciones en Línea, utilizando su Clave SOL.

Sin embargo, si su domicilio fiscal declarado ante la SUNAT se encuentra en la condición de No Habido y/o con restricción domiciliaria dispuesta por el área de cobranza coactiva y/o de fiscalización de la SUNAT debe apersonarse previamente a fin de evaluar su caso y gestionar el trámite correspondiente en cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente, exhibiendo cualquier documento privado o público en el que conste la dirección completa del domicilio fiscal que requiere registrar.

Base Legal: Resolución de Superintendencia N° 208-2016/SUNAT