07. Rectificación o sustitución del Formulario 1674- – Fondo Extraordinario del Pescador

Se rectificará o sustituirá la declaración a través de la presentación de otro Formulario Virtual N.° 1674, en el que se ingresará nuevamente toda la información que se sustituye o rectifica, inclusive de aquella información que no se desea sustituir o rectificar.

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