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04. Preguntas frecuentes - Factura Electrónica SEE SOL (Portal)

Enviado por Anónimo (no verificado) el Vie, 24/07/2020 - 05:57

 

1 ¿Es posible seguir emitiendo facturas físicas si ya soy emisor electrónico de facturas?

Sí es posible seguir emitiendo facturas físicas, salvo en el caso que la SUNAT lo haya designado como emisor electrónico obligatorio, caso en el que solo puede emitir sus facturas a través del sistema portal o desde los propios sistemas del contribuyente. 

2. ¿Si por circunstancias ajenas al emisor electrónico obligatorio le es imposible emitir en forma electrónica, qué debe hacer?

Cuando por causas no imputable al emisor electrónico obligatorio éste se vea imposibilitado de emitir los comprobantes de pago electrónico y/o las notas electrónicas, podrá emitir facturas, notas de débito y notas de crédito en los formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas o los tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras.

En ese caso, deberá enviar a la SUNAT el resumen de comprobantes impresos, que es una declaración jurada informativa mediante la cual se informan los comprobantes de pago, notas de débito y notas de crédito no emitidos en el SEE.

Numerales 4.1. y 4.2 del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT y normas modificatorias. Se indican allí los plazos y especificaciones del resumen de comprobantes impresos.

3. ¿Cómo puedo visualizar una factura electrónica emitida y/o recibida?

A través de SOL se puede obtener consultas y reportes de los comprobantes que hubiera emitido o recibido, según corresponda.

4. ¿Qué información se debe consignar en la sección observaciones de la factura electrónica?

El campo observaciones no es obligatorio, en el se puede consignar alguna referencia de la operación como por ejemplo el número de la operación bancaria con la que se realiza el pago.

5. ¿Es posible emitir factura electrónica en las operaciones de exportación?

Si, el sistema está preparado para emitir factura electrónica cuando el adquiriente no tiene RUC.

6. ¿La numeración de la factura electrónica portal tiene relación con la numeración de la factura física?

No, en la factura electrónica portal, el sistema numera de manera automática y correlativa. En cuanto a la serie, ésta es alfanumérica: E001.

7. ¿Es posible recuperar el archivo de facturas electrónicas? 

Utilizando la opción de consultas del sistema, es posible volver a descargar el documento electrónico, enviarlo por correo electrónico o imprimirlo

8. ¿Cuál es la consecuencia si no cumplo con las condiciones para ser emisor electrónico, por ejemplo, si me encuentro no habido o con suspensión de actividades? 

Si no cumple con las condiciones para ser emisor electrónico, el sistema no permitirá la emisión de la factura electrónica.