Para efectuar el pago de la retención del aporte del trabajador al REP, que se declaró y no se canceló íntegramente en el PDT PLAME, se podrá emplear la boleta de pago, en esta deberá consignarse:
Código de Tributo |
Descripción |
5652 |
Régimen Especial Pesquero Ley 30003 – Trabajador retención. |
Para efectuar el pago del aporte al REP a cargo del armador que se declaró y no se canceló íntegramente en el PDT PLAME, se podrá emplear la boleta de pago, en ésta deberá consignarse:
Código de Tributo |
Descripción |
5651 |
Régimen Especial Pesquero Ley 30003 – Empleador Cuenta Propia. |
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