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03. Registro de operaciones

Enviado por apoyo01 el Lun, 27/07/2020 - 22:23

Operaciones a registrar

El usuario tiene la obligación de registrar sus operaciones de ingreso, egreso, producción, uso, almacenamiento y transporte, según las actividades fiscalizadas que realice y por cada establecimiento inscrito en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, incluyendo los establecimientos de terceros inscritos en el citado registro que le prestan el servicio de almacenamiento de bienes fiscalizados.

Registro diario de operaciones por establecimiento

El usuario debe ingresar con su RUC, Código de Usuario y clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea y elige la opción que para dicho efecto se encuentra habilitada.

El usuario debe registrar la información que corresponda de acuerdo con cada tipo de operación. Si por causas no imputables al usuario, este no pueda registrar sus operaciones diarias realizadas en un determinado establecimiento declarado en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, las registrará desde cualquier lugar en que tenga acceso a SUNAT Operaciones en Línea, hasta antes del vencimiento del plazo establecido para la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones del mes a informar

Presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones

El usuario debe presentar a la SUNAT la información que contengan los registros diarios de operaciones de sus establecimientos y de los establecimientos de terceros que le prestan el servicio de almacenamiento, de manera consolidada y mensual, incluyendo todas las operaciones realizadas desde la 00:00:00 horas del primer día calendario hasta las 23:59:59 horas del último día calendario del mes a informar.

El primer mes a declarar comprende todas las operaciones realizadas a partir de la fecha de inicio de vigencia de la inscripción en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados hasta las 23:59:59 horas del último día calendario de dicho mes.

Cuando corresponda presentar el inventario inicial, ello debe realizarse de forma previa a la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones que corresponda al primer mes a informar.

Si durante el mes se produce la baja de la inscripción en el mencionado registro, el usuario debe registrar todas las operaciones realizadas en dicho mes hasta las 23:59:59 del día en que culmina la vigencia de su inscripción o del día que se le notifique la baja.

Si por un determinado mes el usuario se encuentra suspendido en el registro o no ha realizado operaciones, debe también informar estos hechos.

Forma y plazos para la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones

El usuario ingresa a SUNAT Virtual y con su código de usuario y Clave SOL accede a SUNAT Operaciones en Línea en la opción que para dicho efecto se encuentre habilitada y realiza la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones.

La presentación de dicha información tiene carácter de declaración jurada y se considera enviada con la generación del código de confirmación de envío.

Esta presentación se debe realizar en los plazos señalados en el cronograma establecido por la SUNAT para la declaración y pago de las obligaciones de periodicidad mensual. Para dicho efecto se considera como período tributario al mes al que correspondan las operaciones a informar.

No se puede presentar la información que corresponda a las operaciones de un determinado mes si es no se ha presentado la información de las operaciones de los meses anteriores.

En caso de producirse la baja en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, el usuario puede presentar la información de los meses pendientes hasta cuarenta y cinco (45) días calendarios posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la información del mes correspondiente a la baja.

Excepciones a registrar y presentar de forma consolidada mensual la información del registro diario de operaciones

Se encuentra exceptuado de registra y presentar la declaración jurada consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones, el usuario que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:

  • No tenga la obligación de inscribirse en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados, según lo establecido en el artículo 16 del Decreto Legislativo N.° 1126.
  • La SUNAT le haya otorgado el Permiso Excepcional para realizar actividades no habituales con bienes fiscalizados, de acuerdo con lo señalado en el artículo 16-A del Decreto Legislativo N.° 1126.
  • Realiza actividades fiscalizadas con los bienes mencionados en el Anexo N.° 2 del Decreto Supremo N.° 268-2019-EF, que no tenga la obligación de inscribirse en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados por realizar actividades atravesando las zonas geográficas sujetas al Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados.

Cronograma de la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones

La presentación de la declaración jurada consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones correspondiente al año 2021, se realiza dentro de los plazos establecidos en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales detallado en el Anexo I que forma parte de la Resolución de Superintendencia N.° 224-2020/SUNAT. Para dicho efecto se considera como período tributario al mes al que correspondan las operaciones a informar.

Modalidades de la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones

Registro de operaciones opción web

El usuario presenta la declaración jurada consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones directamente a través de SUNAT Operaciones en Línea.

Esta modalidad permite registrar en la web las transacciones diarias y al fin del mes enviar el total de las transacciones registradas como una declaración jurada, generándose el código de envío correspondiente.

Registro de operaciones a través de estructuras

El usuario elabora la declaración jurada consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones a través de las estructuras, las cuales son tablas con los campos detallados, que se encuentran publicados en el Portal de SUNAT, luego de ello con la función concatenar del Excel, se construye la información que será enviada a SUNAT en un archivo de texto o comprimiendo el TXT en formato ZIP. Este procedimiento es recomendable para usuarios con un gran volumen de información por declarar. Esta opción solo permitirá el envío de información para las actividades de PRODUCCIÓN DE BF A PARTIR DE BF, PRODUCCIÓN DE BF A PARTIR DE BNF, TRANSFORMACIÓN A BNF y USO.