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11. Definición de semana contributiva - REP

Enviado por apoyo01 el Mié, 12/08/2020 - 18:05

Es todo período de siete (7) días consecutivos en los que el pescador activo realiza trabajos de pesca con producción en uno o más días*.

Es de indicar que el acumulado de semanas contributivas será considerado por la ONP al calificar el derecho a pensión de jubilación en el REP, siendo uno de los requisitos para su otorgamiento que el trabajador pesquero haya acumulado trescientas setentaicinco (375) semanas contributivas.

Esta información será proporcionada por los armadores mensualmente a través del PDT PLAME y aplica solo a aquellos trabajadores pesqueros afiliados al REP.

Solo la primera y última semana de cada año podrían tener menos de 7 días