04. Declaración por registro, transferencia o cancelación - Impuesto a las Embarcaciones de Recreo

Enviado por admin el Jue, 23/07/2020 - 18:15

La  presentas a través del Portal de la SUNAT www.sunat.gob.pe en internet utilizando el Formulario Virtual N° 1691 – Declaración Jurada Informativa de las Embarcaciones de Recreo. 

El plazo para presentar esta declaración informativa vence el último día hábil del mes siguiente de producidos los siguientes hechos:

  • Registro de la embarcación de recreo ante la Capitanía de Puerto por primera vez.

  • Transferencia de la embarcación de recreo.

  • Cancelación de la matrícula de la embarcación de recreo por la Capitanía de Puerto.