01. Gastos Adicionales por 3UIT – 2023

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Deducción adicional 3 UIT para el 2023:

Para el ejercicio 2023, los gastos por deducción adicional de las 3 UIT sólo podrán efectuarse por los siguientes conceptos:

  • Arrendamiento y/o subarrendamiento destinado para vivienda o vivienda y actividades empresariales conjuntamente.
  • Honorarios de médicos y odontólogos por servicios prestados en el país
  • Honorarios por servicios prestados vinculados a toda profesión, arte, ciencia u oficio, excepto las señaladas en el inciso b) del artículo 33° de la Ley del Impuesto a la Renta.
  • Aportaciones a ESSALUD a favor de trabajadores del hogar.
  • Los importes pagados por alojamiento en hoteles y consumos en restaurantes.

Cabe señalar que:

  • La suma de estos conceptos deducibles no podrá exceder en conjunto de 3 UITs (S/ 14,850) como máximo.
  • Esta deducción de 3 UITs aplicaría si tus ingresos superan las 7 UITs (S/ 34,650).

 

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