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04. Operatividad del pago con CIPRL y CIPGN

Enviado por apoyo01 el Jue, 23/07/2020 - 16:55

 

El pago mediante CIPRL y CIPGN emitido en forma física o electrónica se efectuará en los Centros de Servicios que reciben declaraciones y pagos, para lo cual se utilizará los siguientes formularios físicos:

  • 1052 – Boleta de pagos con Documentos valorados (MEPECO)
  • 1252 – Boleta de pagos con Documentos valorados (PRICO)
  • 4952 – Detalle de documentos valorados (MEPECO Y PRICO)

 

En el formulario 1052 ó 1252 se detallará la deuda a pagar con el certificado, siguiendo las instrucciones del formulario.

En el formulario 4952 se detallará el(los) certificado(s) que se utilizará(n) para el pago de la deuda consignada en el formulario 1052 ó 1252. Se deberá consignar el código del tipo de documento valorado que se utilizará para el pago, de acuerdo al siguiente recuadro:

Código

Tipo de Documento

Descripción

61

CIPRL

Certificado de Inversión Pública Regional y Local Negociable

62

CIPRL

Certificado de Inversión Pública Regional y Local No Negociable

63

CIPGN

Certificado de Inversión Pública Gobierno Nacional Negociable

64

CIPGN

Certificado de Inversión Pública Gobierno Nacional No Negociable

 

El(los) certificado(s) físico(s) se deberán entregar conjuntamente con los formularios 1052 ó 1252 y el formulario 4952 debidamente llenados. Tratándose de certificados electrónicos, no se requerirá la entrega de los mismos. 

 

Recomendaciones:

  • Se sugiere que el importe a pagar de los pagos a cuenta y de regularización sea igual o mayor al monto de los CIPRL o CIPGN.
  • Si el importe a pagar de los pagos a cuenta y de regularización es inferior al monto de los CIPRL o CIPGN, se sugiere solicitar el fraccionamiento del certificado por el importe que la deuda a pagar, previo a la realización del pago, a fin de no generar un pago en exceso.
  • Se sugiere utilizar un formulario 1052 ó 1252 con uno o más certificados, de ser el caso.
  • Si requiere utilizar varios formularios 1052 ó 1252 con un único certificado, es decir, realizar varios pagos con un solo certificado, se sugiere solicitar el fraccionamiento del certificado por los importes de cada una de las deudas detalladas en los formularios 1052 ó 1252, previo a la realización del pago.

 

Fraccionamiento:

  • Si el CIPRL o CIPGN es electrónico, podrá solicitar el fraccionamiento del certificado en el siguiente aplicativo Web del MEF, para lo cual deberá ingresar su Usuario y Clave:

        http://apps5.mineco.gob.pe/siaf/modulos/ciprl/

       Si no tuviera Usuario deberá solicitarlo en la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

  • Si el CIPRL o CIPGN es físico, el contribuyente podrá solicitar el fraccionamiento del certificado en la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas.