Tamańo de Texto:

04. Conceptos que puedes pagar con NPS

Enviado por apoyo01 el Mié, 22/07/2020 - 19:54

1. Impuesto General a las Ventas, Impuesto a la Renta de Tercera Categoría - Régimen General y Régimen Especial (Formulario Virtual 621) 2. Impuesto a la Rentas de 2da categoría, por enajenación de inmuebles y otros (Formulario Virtual 1665)

3. Impuesto a la Renta - Trabajadores Independientes - 4ta Categoría (Formulario Virtual 616)

4. Tributos declarados y multas

5. Cuota de acogimiento de fraccionamiento

6. Cuotas de fraccionamientos

7. Los importes a pagar consignados en los PDTs (con excepción de los PDT 600, 601,693, 699)

 

Importante:

El NPS se utiliza solo para el pago de tributos declarados y multas:

El NPS actualiza intereses los diarios si el pago es total.

Vigencia:

Hasta 15 días o hasta emisión de valor

No se puede pagar con NPS:

-Deudas contenidas en valores notificados por la SUNAT (órdenes de pago, Resoluciones de determinación, Resoluciones de multa y Resoluciones de pérdida de fraccionamiento). Para ello deberá utilizar el Formulario 1668- Pago de Valor.

-Deudas aduaneras, ni multas que formen parte de deuda aduanera y las que se generen por infracciones aduaneras administrativas; o aquellas vinculadas a Regalías Mineras.