1. Impuesto General a las Ventas, Impuesto a la Renta de Tercera Categoría - Régimen General y Régimen Especial (Formulario Virtual 621) 2. Impuesto a la Rentas de 2da categoría, por enajenación de inmuebles y otros (Formulario Virtual 1665)
3. Impuesto a la Renta - Trabajadores Independientes - 4ta Categoría (Formulario Virtual 616)
4. Tributos declarados y multas
5. Cuota de acogimiento de fraccionamiento
6. Cuotas de fraccionamientos
7. Los importes a pagar consignados en los PDTs (con excepción de los PDT 600, 601,693, 699)
Importante:
El NPS se utiliza solo para el pago de tributos declarados y multas:
El NPS actualiza intereses los diarios si el pago es total.
Vigencia:
Hasta 15 días o hasta emisión de valor
No se puede pagar con NPS:
-Deudas contenidas en valores notificados por la SUNAT (órdenes de pago, Resoluciones de determinación, Resoluciones de multa y Resoluciones de pérdida de fraccionamiento). Para ello deberá utilizar el Formulario 1668- Pago de Valor.
-Deudas aduaneras, ni multas que formen parte de deuda aduanera y las que se generen por infracciones aduaneras administrativas; o aquellas vinculadas a Regalías Mineras.