El pago del Impuesto puede ser realizado:
- Al contado.
- En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso cada cuota será equivalente a un cuarto del total Impuesto a pagar.
La segunda, tercera y cuarta cuota, serán reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) por el período comprendido desde el vencimiento del pago de la primera cuota y el mes precedente al del pago de la cuota respectiva.
Plazo para la declaración y el pago al contado:
Para el año 2013 el plazo para la presentar la declaración jurada anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo y para el pago al contado vence el 30 de abril de 2013. Para el pago al contado consignar 04-2013 en la casilla de período.
Plazos para el pago al contado y para el pago en cuotas (1ra, 2da , 3ra y 4ta):
| Forma de Pago | Vencimiento | Consignar período | |
| Al contado | 30 de abril de 2013 | 04 / 2013 | |
| En cuotas | Vencimiento | Consignar período | |
| Primera cuota | 30 de abril de 2013 | 04 / 2013 | |
| Segunda cuota | 31 de julio de 2013 | 07 / 2013 | |
| Tercera cuota | 31 de octubre de 2013 | 10 / 2013 | |
| Cuarta cuota | 31 de enero de 2014 | 01 / 2014 | |
Base Legal: R.S. 057.2013/SUNAT
Medios de Pago
El pago del Impuesto se realiza a través del Sistema Pago Fácil, mediante el Formulario N° 1662 o a través de SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual N° 1662 – Boleta de Pago.
Para efectuar el pago en la red bancaria debe proporcionar en ventanilla la siguiente información:
- Número de RUC
- Código de Tributo: 7151
- Importe a pagar
- Período tributario: el que corresponda al mes y año de vencimiento de la obligación.





